Un curioso caso de la negación del médico a un padre a presenciar el parto de su mujer, seguido de una agresión física, puso en el tapete de los medios y la justicia el derecho o no de los familiares directos a presenciar el nacimiento de un hijo dentro de la sala de operaciones de una clínica en Salta. Este caso terminó con una demanda penal y civil del damnificado. Sobre el tema el abogado David Daniel Escudero afirmó que existen leyes vigentes elacionadas con el trato entre pacientes y profesionales de la salud. Indicó que la más específica en materia de asistencia en el momento del parto, es la Ley Nacional Nº 25.929, sancionada el 25 de Agosto del 2004, y vigente desde el 27 de septiembre de ese año. Este instrumento establece con claridad cuales son los derechos de padres e hijos durante el proceso de nacimiento.
La Ley Nacional 25.929, sancionada el 25 de Agosto del 2004, y vigente desde el 27 de septiembre del mismo año, establece cuales son los derechos de padres e hijos durante el proceso de nacimiento.
El caso de impedimento a presenciar el parto ocurrió el 27 de abril de 2006 en la Maternidad Privada de Urquiza 150. Los protagonistas fueron la señora a punto de ser mamá Ana Carolina Marinaro de Verón y su esposo Javier Verón. Este último quiso presenciar el nacimiento de su hija y con el consentimiento de su mujer, pidió permiso para presenciar al médico quien la había asistido durante los nueve meses de embarazo. Sin embargo en el momento del parto programado por cesárea, el obstetra, Dr. Esteban López Dib, sin ninguna explicación justificada, le negó de mala manera la entrada a la sala de operaciones y además lo agredió físicamente.
Como resultado de este percance el Sr. Verón le inició una demanda civil y penal al Dr. López Dib, mediante su abogado el Dr. David Daniel Escudero amparado en la vigencia de la Ley Nacional que garantiza los derechos de los padres e hijos durante el proceso de nacimiento.
“Existen varias normas relacionadas al trato entre pacientes y profesionales de la salud, pero la más específica en materia de asistencia en el momento del parto es la Ley Nacional número 25.929, sancionada el 25 de Agosto del 2004, y vigente desde el 27 de septiembre del mismo año, que establece con claridad cuales son los derechos de padres e hijos durante el proceso de nacimiento, dijo el abogado López Dib.
Normas y leyes al respecto
"En este sentido dos de sus artículos son los más representativos: “El primero es el artículo Nº 2 en su inciso G, el cual expresa que toda mujer en relación con el embarazo, en trabajo de parto, parto y postparto tiene el derecho de estar acompañada por una persona de su confianza y elección. Y el segundo que es el número 6 establece que en caso del incumplimiento de cualquiera de los artículos de dicha ley, el profesional será suspendido de su habitual actividad médica, dependiendo el tiempo de dicha suspención de acuerdo a la gravedad del caso”, dijo Escudero.
Afirmó luego que "al poseer carácter nacional, opera por encima de cualquier norma interna de las instituciones o Centros de Salud e inclusive de cualquier Ley Provincial y argumentó que si una institución colabora en la prohibición del acceso del familiar deberá ser sancionada al igual que el médico, quien con su actitud además estaría violando el decreto 8.984/65 del Código de Etica Profesional, que especialmente en su artículo 14 expresa que: “... el profesional que ha de examinar a una mujer debe procurar hacerlo en presencia de uno de sus familiares o, en su defecto del personal auxiliar”.
“Es obligación del profesional, conocer y comunicar cuales son los derechos de sus pacientes; lo conveniente sería propiciar un diálogo previo entre ambos para que los pacientes elijan libremente a su médico”, enfatizó Escudero. Finalmente el abogado confirmó que el caso particular de la demanda iniciada por el señor Javier Verón ha tomado estado público y judicial. Además se elevaron denuncias al Colegio de Médicos, la Obra Social correspondiente a la paciente (IPS), y la Maternidad Privada.
De eso no se habla
Para conocer la postura del médico demandado Dr: Esteban López Dib, periodistas de Hora Siete intentaron varias veces en vano entrevistarlo en su consultorio de Caseros 1036. Igual postura tomaron los directivos del Colegio de Médicos, el presidente Dr. Juan José Loutaif Ranea, el Vicepresidente, Sr. Jorge Aramayo y el secretario Raúl Cáceres, ninguno quizo hablar.
En tanto el director de la Materinidad Privada Dr. Roberto Gianpaoli argumentó que no existe ninguna norma interna de la Maternidad que prohiba a algún familiar de una parturienta presenciar el parto. “La presencia de un familiar en el nacimiento de un niño es muchas veces necesaria, el nacimiento de un bebé es un acontecimiento familiar, de hecho siempre se hacían los partos a nivel domiciliario donde estaban los abuelos, los hermanos u otros familiares presentes. Debe haber esa contención familiar para la embarazada” agregó Gianpaoli.
El Dr. Marcelo Correa desconocía la Ley 25.929 que expresa claramente el derecho a la presencia de familiares en el momento del parto. El doctor reconoció no tener conocimiento de la misma. “El Estado se debería haber encargado de difundir esto” afirmó el doctor. Al referirse a la demanda iniciada al doctor López Dib, quien se desempeña actualmente como obstetra de la Institución, Correa destacó que lo sucedido el día 27 de Abril fue un hecho menor y un tema personal. “Creo que este tema tiene que ver con un acuerdo entre el médico y el paciente, muchas instituciones no permiten el ingreso de los familiares en los partos”. aclaró el directivo.
Para conocer el punto de vista acerca de este tema por parte de un médico obstetra de la Maternidad Privada, Hora Siete también entrevistó al Dr. Fredy Lazo Valer , quien dijo conocer la Leyr 25.929 y que habitualmente él deja asistir a los partos cuando alguien lo solicita y con previa preparación para el mismo y aclaró que cuando un doctor no deja pasar a alguien, es porque se están realizando cirugías simultaneas o para el cuidado de la higiene y la asepsia”.
Testimonios
Desde el programa Hora Siete se entrevistó a médicos, madres y familiares para conocer cómo fueron sus experiencias personales en el momento de dar a luz. Los testimonios fueron los siguientes: